Dentro de las varias actividades laborales que ha desempeñado acumula más de 25 años de experiencia y conocimiento, principalmente en el derecho laboral, administrativo laboral, y de manera complementaria en materia civil. Su trayectoria en la protección de los derechos de los colombianos es abultada, siendo apoderado judicial, asesor, árbitro en tribunales de arbitramento –designado en la lista fijada por la Corte Suprema de Justicia–, y negociador en todo tipo de negociaciones colectivas –como la del sector público con el Gobierno Nacional–.
Ha realizado visitas de intercambio de conocimientos sobre el derecho laboral –particularmente colectivo–, en Ámsterdam y Maastricht, Holanda, con la central obrera FNV de ese país. Así mismo, ha cursado varios diplomados: Política y Planes de Acción de los Sindicatos con énfasis en el Trabajo Decente en el Centro Internacional de Formación de la Organización Internacional del Trabajo (Turín, Italia), y Normas Internacionales del Trabajo, igualmente con la OIT.
Representó al gremio de los trabajadores de Colombia ante el Ministerio de Trabajo de Alemania, así como frente a congresistas de ese país en Berlín, y posteriormente en el Parlamento Europeo en Bruselas, Bélgica, reunido con varios eurodiputados en procura de evitar la firma del Tratado de Libre Comercio entre Colombia y la Unión Europea por sus negativas implicaciones económicas para nuestro país. También fue fundador y expresidente de organizaciones sindicales, expresidente de una central obrera para Bogotá y Cundinamarca, e integrante del Comité Ejecutivo Interamericano de la Internacional de Servicios Públicos (ISP), representando a los países andinos. Fue elegido para ese cargo en el Subrac de Bolivia por los representantes de esa federación en Venezuela, Bolivia, Ecuador, Perú y Colombia. Posteriormente, durante el Congreso Mundial de la ISP en Ginebra, Suiza, fue reconocido en el cargo.
Algunas sentencias judiciales con relevancia jurídica y política en las que ha intervenido:
ACU-902 de 1999:
Lideró la iniciación de la acción de cumplimiento ACU-902 de 1999 del Consejo de Estado siendo presidente de Sintrabeneficiencias. Se sentaron importantes bases para el desarrollo del derecho de negociación colectiva de los empleados públicos en Colombia, actuando como apoderado Jairo Villegas –importante doctrinante en derecho laboral–, a nombre de la organización.
T-131 de 2006:
Fue autor de la acción de tutela revisada por la Corte Constitucional mediante sentencia T-131 de 2006, que hizo aplicables las protecciones constitucionales contenidas en la Ley 790 de 2002 y el decreto reglamentario 190 de 2003 (retén social) al orden territorial.
C-614 de 2009:
En nombre de Sintraestatales, organización sindical que presidió, participó del debate judicial sobre la prohibición de contratar funciones de carácter permanente con empleados por prestación de servicios u otras formas de tercerización laboral ilegal, que terminó siendo la sentencia C-614 de 2009 de la Corte Constitucional.
C-618 de 2015:
En nombre del SUNET, organización que ayudó a fundar y presidió, que además fue fruto de la fusión de 9 sindicatos, participó del debate sobre la configuración de plantas de empleo de carácter temporal provistas exclusivamente mediante empleos de libre nombramiento y remoción. Ello para pedir que se declarara inexequible, como al final terminó siendo, mediante sentencia C-618 de 2015 de la Corte Constitucional.
C-141 de 2010:
Participó exitosamente de las deliberaciones que en la Corte Constitucional lograron la declaratoria de inexequibilidad de la ley que permitía la segunda reelección de Álvaro Uribe Vélez. Ello en defensa del orden constitucional y por representar una desmejora en los derechos laborales, que culminó con la sentencia C-141 de 2010.
Experiencia como árbitro en tribunales de arbitramento:
Árbitro de parte en tribunal de arbitramento en el sector minero energético:
Actuó como árbitro en representación de uno de los sindicatos más importantes del país en un tribunal de arbitramento con Frontera Energy (antes Pacific Rubiales). El resultado fue un laudo arbitral garantista para los derechos de las partes, reflejado en: avance en el derecho a la información, un procedimiento disciplinario con sus diferentes fases, mecanismos para adopción de pruebas, plazo máximo en el que la empresa puede iniciar una investigación, etc. En términos económicos hubo importantes concesiones en términos de auxilio por días de permiso, auxilio para pliego de peticiones, auxilio sindical, asistencia y sede sindical, servicio de transporte a trabajadores, viáticos, beneficios educativos para hijos, préstamo de vivienda a través de libranza con el pago de 100% de interés corrientes, seguro de vida para trabajadores, auxilio para anteojos, entre otros. En referencia a salud ocupacional estableció un programa para ello, protocolos de vigilancia epidemiológica, incentivos económicos para que trabajadores y dirigentes sindicales asistan al COPASST, exámenes médicos periódicos y una variedad de disposiciones favorables para los trabajadores.
Árbitro de parte en tribunal de arbitramento en sector comercio:
Actuó como árbitro en representación de un importante sindicato en un tribunal de arbitramento con la Federación Nacional de Comerciantes (FENALCO). El laudo arbitral concedió permisos remunerados a la junta directiva, auxilio sindical, creación de un comité de relaciones laborales, indemnización por despido sin justa causa con un incremento para trabajadores beneficiarios del laudo, un nuevo procedimiento para la aplicación de sanciones disciplinarias, bonos de vestido, auxilio por bajo salario, bono por antigüedad etc.
Experiencia como asesor de organizaciones:
Elaboró la tesis que llevó a una entidad del Estado a ser sancionada:
A petición de un grupo de sindicatos diseñó una tesis que, presentada a través de una querella llevó a que el Ministerio de Trabajo impusiera una sanción económica de 632 millones de pesos a la Unidad de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP). El argumentó se basó en las normas de negociación colectiva, consagradas en la Constitución Política y el bloque de constitucionalidad, que no habilitaban a la entidad a negarse a negociar.
Experiencia en derecho disciplinario:
Defendió de manera exitosa a funcionario de la ANH en proceso disciplinario:
Actuando en defensa de un cliente dentro de un proceso disciplinario adelantado por la Agencia Nacional de Hidrocarburos, logró que este se terminara y en consecuencia archivara. La investigación versó sobre unas presuntas irregularidades en la adjudicación de un concurso de méritos cuyo objeto era la interventoría integral para el contrato resultante del proceso de selección para la adquisición y procesamiento de sísmica 2D convencional. Se demostró que la conducta del investigado fue ajustada a ley, particularmente porque los comités evaluadores –del que hacía parte su cliente– no pueden corregir o mejorar las reglas de juego del pliego de cargos una vez el representante legal lo ha adoptado por medio de un acto administrativo. Otro proponente, que actuó como quejoso, argumentó que cumplía con los requisitos porque hubo una modificación que lo habilitaba, pero esta fue posterior al mencionado acto. Por lo tanto, se derruyó su tesis y se logró una victoria para los intereses del representado.
Por convicción y principios,
del lado de trabajadoras y trabajadores.
Áreas de práctica y experiencia
+120 procesos
+200 clientes
+60 negociaciones
LITIGIOS
Derecho laboral individual privado.
Derecho laboral individual público.
Relaciones colectivas público y privado.
Derecho constitucional (Acción de tutela) con énfasis laboral.
Derecho civil. Ha sido apoderado en procesos ejecutivos con cuantía de hasta tres mil millones de pesos.
Ha representado exitosamente a clientes en procesos de sucesión.
NEGOCIACIÓN COLECTIVA
Asesor de más de 60 negociaciones entre sector privado y público.
Fue secretario técnico de la parte sindical en las negociaciones del sector público de los años 2013, 2015 y 2017 con el Gobierno Nacional.
ARBITRAJE
Designado árbitro de la lista fijada por la Corte Suprema de Justicia periodos 2019-2020, 2021-2022, 2023-2024.
TRAYECTORIA GREMIAL
Fundador y ex presidente del Sindicato Unitario Nacional de trabajadores del Estado SUNET.
Expresidente de la CUT para Bogotá y Cundinamarca (https://cut.org.co/)
Exintegrante del comité ejecutivo interamericano de la federación sindical Internacional de Servicios Públicos ISP, por los países andinos (https://publicservices.international/).
DISCIPLINARIOS
Representa trabajadores en procesos disciplinarios: sector privado y sector público.
Abogado.
Orden al mérito "María Cano" entregada por Horacio Serpa, Gobernador del Departamento de Santander.
(Bucaramanga).
Formación académica y
reconocimientos
Diplomado en Política y Planes de Acción de los Sindicatos con énfasis en el Trabajo decente, en el Centro de formación de la Organización Internacional del Trabajo, OIT.
(Turín, Italia).
Formación "Normas Internacionales del Trabajo", Organización Internacional del Trabajo ,OIT.
(Bogotá, D.C.).
CONTACTO
CARLOS ERNESTO CASTAÑEDA RAVELO
Abogado
Teléfono móvil: 310 320 1995
Correo electrónico: abogado.castanedar@gmail.com